Preguntas frecuentes

Un accidente perturba la normalidad de nuestra vida y aunque sea de poca importancia suscita en todos una serie de preguntas a las que queremos poder responder con urgencia.

¿Cómo debo actuar en el caso de accidente de tráfico? ¿Mejor llamar a la Policía o Guardia Civil?,  ¿Tengo que dar parte a mi compañía de seguros?¿Cuántos días tengo para hacerlo?  ¿Quién se ocupa de mi rehabilitación?, ¿Puedo elegir yo las clínicas o hospitales donde tratarme?, ¿Qué derechos tengo?

La lista podría ser aún más larga porque hay muchos detalles relacionados con los accidentes que se nos escapan y que es mejor dejar en manos de profesionales. Aunque las cuestiones relacionadas con el tráfico puedan sonarnos familiares y todos tengamos ideas generales acerca de las implicaciones, derechos y obligaciones que se derivan de un accidente, conviene poner en orden las cuestiones fundamentales y aquellas en las que podemos no reparar. Por ejemplo, en los derechos de los ocupantes de un vehículo, las cuantías de una indemnización, los tipos de baja en caso de sufrir lesiones... Aquí planteamos y respondemos algunas preguntas fundamentales.

Siempre que se habla de accidentes de circulación se hace hincapié en la figura del conductor. Ponte en contacto con nosotros, llámanos.

¿Tiene derecho a ser indemnizado el ocupante del vehículo siniestrado? ¿Tiene derecho a ser indemnizado un peatón o un ciclista?

Si una persona se ve involucrada en un accidente de tráfico, bien sea automovilista, ciclista o peatón, u ocupante de los vehículos siniestrados, tiene derecho a ser indemnizado por las lesiones que sufra, así como por los días de baja médica, y por las secuelas que sufran.

¿Qué tipo de daños son indemnizables?

En caso de accidente, de tráfico o circulación, pueden producirse daños corporales, (lesiones) o materiales (como por ejemplo los daños del vehículo), son indemnizables.
Debe asesorarse para conseguir la máxima indemnización reclamatuseguro.es

¿Qué plazos tengo para reclamar?

Por la vía civil 12 meses.

Por la vía penal 6 meses.

¿Cuál es la diferencia entre Baja Impeditiva y Baja No Impeditiva?

"La baja impeditiva" impide la realización del trabajo o de las tareas habituales y no tiene por qué coincidir con el concepto de baja laboral (por ejemplo, una persona jubilada, un ama de casa, un opositor, un desempleado, un deportista o un estudiante, pueden permanecer en situación de baja impeditiva si las lesiones les incapacitan para desempeñar sus actividades habituales).

"La baja no impeditiva" lesiones que requieren tratamiento médico, pero que no incapacitan para el trabajo o la realización de las tareas habituales. Estaría en esta situación quien puede incorporarse a su trabajo o actividad habitual pero precisa seguir recibiendo tratamiento médico para la total curación de sus lesiones.

¿Qué vías debo seguir para reclamar mi indemnización?

Ponte en contacto con un asesor experto como reclamatuseguro.es <http://www.reclamatuseguro.es/> . Nosotros facilitamos al cliente un servicio integral sin que éste tenga que preocuparse por nada más.

¿Qué es un Siniestro Total?

Es la definición utilizada por las Cias. Aseguradoras para determinar la pérdida total del bien asegurado (vehículo)

¿Cuándo aplican el Siniestro Total las Cias. Aseguradoras?

Las compañías se basan en unas tablas de valoración de la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor, Reparación y Recambios (GANVAM) donde suelen figurar todos los modelos de vehículos hasta 10 años de antigüedad, fecha en la cual un vehículo está totalmente devaluado. Cuando el importe de reparación del vehículo, supera el 75% del valor indicado en estas tablas se define que el daño es "Siniestro Total".

¿Podemos solicitar la reparación de un Siniestro Total?

Si. Nosotros conseguiremos que tu vehículo sea reparado. Llámanos 984.395.735 ó 684.618.931.

¿Qué es la Declaración Amistosa de Accidentes? (DAA)

Para que la Declaración Amistosa de Accidentes (DAA) tenga validez, ha de tener cubiertas al menos, los siguientes apartados:

  • Fecha y lugar del accidente.
  • Matrículas de los vehículos implicados.
  • Causas del accidente.
  • Firmas de los conductores.

¿En el caso de que no haya acuerdo amistoso entre las partes, se ha de llamar a la autoridad competente?

Siempre es conveniente para que levanten diligencias de lo acontecido.

¿Debo presentar el Parte de Accidente a la Compañía?

Es aconsejable y conveniente  dar conocimiento a su compañía.

¿Qué es el Contrato de Seguro?

Es aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas ( ART 1 LCS 1.980).

¿Qué son y en qué se diferencian el Seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria del Seguro de Responsabilidad Civil Voluntaria?

El Seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria es el seguro mínimo obligatorio para poder circular con un vehículo, no disponer de este seguro es sancionable.

Al contratar esta cobertura, el usuario se asegura que la compañía se haga cargo de los daños producidos a terceros, bien sean, personales, a los animales o materiales. Por ejemplo, los daños causados a otro coche, al mobiliario urbano, a un animal de compañía y daños físicos a las personas (por ejemplo, atropellar a un peatón).

Existen unos límites a dicha cobertura, el Seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria cubre hasta 70Mill de euros, en daños corporales o siniestro cualquiera que sea el número de víctimas, y a los bienes 15Mill de euros.

En caso de tener el Seguro de Responsabilidad Civil Voluntaria, que pretende cubrir en la medida de lo posible todos los daños a terceros, por todos los conceptos y de un modo casi ilimitado.

¿Qué es la Defensa Jurídica?

Es aquella que nos permite designar libremente Abogado y Procurador hasta el capital contratado en la póliza. Si tiene contratada esta cobertura, su compañía abonará  los gastos que se puedan originar.

La Ley del Contrato de Seguro Ley 50/1980, salvo alguna excepción, establece.

¿Qué son los Convenios entre compañías? ¿En que la compañía culpable del accidente sea la contraria mi propia compañía me pagará los daños ocasionados a mi vehículo?

Las compañías, años atrás, en caso de accidente se echaban la culpa las unas a las otras sobre quién era el culpable del accidente,  para evitar o retrasar el pago de las correspondientes indemnizaciones. Pero pronto se dieron cuenta de que si resolvían los siniestros de un modo ágil y rápido pagarían la indemnización. Así, evitaban tener al cliente descontento, pagar intereses de demora, un costoso gabinete de Abogados, además de las costas de Procuradores y Abogados.

De esta forma nacieron los denominados "Convenios" entre compañías, de tal manera que, en la práctica, independientemente de la culpabilidad del accidente, cada compañía suele pagar los daños a sus propios asegurados. Ello es un inconveniente para el usuario, intentará que el desembolso sea el menor posible.

Si usted es asegurado y el contrario ha tenido la culpa lo recomendable es buscar un buen asesoramiento. Le interesa contratar un abogado independiente y ajeno a su compañía, pues es más fácil en estos casos llegar a un buen acuerdo y conseguir la máxima indemnización reclamatuseguro.es  defenderá única y exclusivamente sus intereses.

¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros?

Es una entidad pública empresarial dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda. Está al servicio del sector asegurador y, entre otras funciones, complementa las coberturas en casos extraordinarios como catástrofes naturales y actos de grave incidencia social como terremotos (ej. Lorca) . También funciona como un fondo de garantía cuando se dan determinadas circunstancias como falta de seguro, insolvencia del asegurador.